Términos y Condiciones Generales de Alquiler

1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato y derecho aplicable.

1.1. Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales de la empresa (arrendador) . No se admitirán aquellas condiciones del arrendatario que difieran o sean contrarias a las Condiciones Comerciales Generales de la empresa (arrendador). Éstas últimas también serán válidas cuando la empresa alquile sin reservas la furgo-caravana al arrendatario, aun conociendo las condiciones divergentes del cliente.

1.2. El objeto del contrato formalizado con el cliente, es únicamente la entrega en régimen de alquiler de la furgo-caravana y, en su caso, de los accesorios extras u opcionales de los ofrecidos por (arrendador) y reservados por el cliente con anterioridad.

1.3. Al momento de la entrega del vehículo se formalizará un contrato de alquiler entre el cliente y la empresa (arrendador) regido exclusivamente por el derecho español, por las condiciones generales aquí recogidas y por las especiales que se pacte entre las partes. El cliente organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada por las partes. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado.

1.4. Todos los acuerdos entre el arrendador y el cliente arrendatario se realizarán por escrito, ya sea por vía telemática, postal o presencial.

2. Edad mínima y conductores autorizados.

2.1. El cliente y cada uno de los conductores (máximo 2 conductores) deberán tener como mínimo 25 años de edad y estar en posesión del permiso de conducción clase B vigente y con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional equivalente a este y en cualquier caso el cliente y los conductores deberán tener un mínimo de 6 puntos vigentes en el permiso de conducción. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a este tipo de vehículos. Por cada conductor adicional se abonara la cantidad diaria establecida en la lista de precios vigente del arrendador en el momento de realizar la reserva.

2.2. Si en el momento de la entrega de la furgo-caravana por parte del arrendador, el cliente arrendatario no dispone del permiso de conducir que se corresponda con el vehículo alquilado o la documentación presentada es falsa o inexacta, se considerará a todos los efectos que el cliente no ha acudido a recoger la furgo-caravana, por lo que se aplicarán las condiciones de rescisión de la reserva vinculante por parte del cliente que se contienen en el apartado 4.2. del presente documento, sin derecho a indemnización ni a devolución de ningún tipo.

2.3. Tan sólo podrán conducir el vehículo el cliente y los conductores mencionados en el contrato de alquiler y que cumplan las condiciones previstas en el apartado 2.1 de este documento. En el momento de la reserva del vehículo, el conductor titular está obligado a enviar a la empresa “Kevin Maqueda Cortés” (arrendador), copia en vigor de los siguientes documentos:

  1. a) Documento nacional de identidad (DNI), en su defecto pasaporte,
    b) Carnet de conducir europeo, en su defecto carnet de conducir internacional,
    c) Tarjeta de crédito válida durante los próximos 6 meses a la fecha de alquiler del vehículo,
    d) Factura o recibo actualizado (2 meses max.) de suministro domestico (teléfono, agua, electricidad, banco, etc…) que confirme su domicilio.

En el momento de la recogida del vehículo será obligatorio presentar los originales de dicha documentación. Todos los conductores autorizados tendrán responsabilidad personal sobre cualquier infracción legal que sea incurrida durante el periodo del alquiler. El cliente autoriza expresamente al arrendador que las consecuencias económicas de cualquier infracción personal cometida durante el tiempo que dura el alquiler sea cargada en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses.

3. Precios y duración del alquiler.

3.1. El precio del alquiler de la furgo-caravana y el período mínimo de alquiler durante las diferentes épocas del año, se derivan de la lista de precios vigente de la empresa (arrendador), en el momento de realizar la reserva. En función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, más un importe por exceso de kilometraje si procede, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador, vigente en el momento de realizar la reserva o formalizar el contrato y que el cliente declara conocer y aceptar expresamente.

3.2.Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador, vigente en el momento de formalizar la reserva y que el cliente declara conocer y aceptar expresamente

3.3.El alquiler mínimo es de tres (3) días temporada baja, 4 días temporada media y temporada alta 7 días.

3.4.Los correspondientes precios de alquiler incluyen el IVA 21%, el kilometraje ilimitado para alquileres de más de siete (+7) días, seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo. 11) y asistencia en carretera en caso de avería. En alquileres de periodos inferiores se permite un máximo de 300 Km diarios con un coste de 0,30 € + IVA por kilómetro de exceso.

3.5. El período de alquiler empieza con la recogida de la furgo-caravana por parte del cliente a la hora acordada en el centro de alquiler o lugar previamente acordado y finaliza con la entrega de la misma por parte del cliente a la hora acordada en el mismo centro de alquiler o lugar previamente acordado.

3.6. Si se devuelve la furgocaravana una vez transcurrido el tiempo pactado de alquiler, el cliente abonara al arrendador, la cantidad de 60€ +IVA por hora de retraso, no obstante, como máximo por cada día de retraso el precio será de 480 € +IVA. El cliente asumirá todos los gastos debidos a un retraso en la entrega del vehículo y en especial aquellos gastos derivados del hecho que otro cliente u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador como consecuencia del citado retraso, si el retraso supone más de 24 horas sin causa justificada se pondrá los hechos en conocimiento de la autoridad competente pudiéndose denunciar por Apropiación indebida.

3.7. En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá igualmente pagar el precio íntegro de alquiler acordado contractualmente, sin que venga obligado el arrendador a devolver al cliente cantidad alguna.

3.8. La furgo-caravana se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará al cliente la cantidad de combustible que falte hasta llenar el depósito, incrementada en un 100% por los gastos de gestión. Serán de cuenta del cliente todos los gastos de carburante y mantenimiento durante el período de alquiler. El combustible del vehículo es solo DIESEL (se excluye el uso de BIODIESEL, expresamente prohibido), por lo que serán de cuenta del cliente todos los gastos que se ocasionen como consecuencia de usar un combustible distinto a DIESEL.

3.9. Para devolver el vehículo en un centro distinto al de recogida, se requerirá un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio se pactará antes de la recogida de la furgo-caravana.

4. Cancelaciones y reserva

4.1. Las reservas sólo serán vinculantes tras la confirmación del arrendador.

4.2 El arrendador estará obligado a ofrecer un vehículo de la categoría seleccionada. En el caso de que el vehículo reservado no estuviese disponible por circunstancias de fuerza mayor, el arrendador se reserva el derecho a sustituir el vehículo por otro alternativo sin previo aviso o si no hubiera disponibilidad de ningún vehículo devolver el importe íntegro del alquiler pagado por el cliente, sin derecho a daños y perjucios. El vehículo alternativo será lo más similar posible al vehículo inicialmente reservado.

4.2. Una vez que el arrendador haya entregado la confirmación por escrito de la reserva, o en su defecto la confirmación de la reserva a través de la web (www.enfurgomolamas.com) se deberá pagar un depósito del 50% del importe total del alquiler, o en su defecto del 100% del alquiler si la reserva se realiza por la web. Hasta que cualquiera de estos dos depósitos no se haga efectivo la reserva no será confirmada. A partir de este momento la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el arrendatario no cumpla estos plazos, la reserva dejará de ser vinculante para el arrendador. En caso de que el cliente rescinda la reserva vinculante, éste último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada:

– 30 días o más antes del inicio del alquiler, 25% del precio total del alquiler

– entre 30 y 15 días antes del inicio del alquiler, 50% del precio total del alquiler

– entre 15 y 7 días antes del inicio del alquiler, 75% del precio total del alquiler

– 7 días antes o en caso de no recoger el vehículo, 100% del precio total del alquiler

4.4 Para la realización de la cancelación deberá el cliente de enviar un correo electrónico a hola@enfurgomolamas.com indicando el número de la reserva. La fecha de cancelación contará desde la fecha y hora en la que se reciba el correo electrónico hasta el día de comienzo del alquiler.

5. Condiciones de pago y fianza.

5.1. El precio del alquiler de la furgo-caravana previsto en función de las fechas de reserva, deberá estar íntegramente pagado 30 días antes de la fecha prevista para el inicio del alquiler. El pago con tarjeta de crédito / Paypal. Solo se aceptan pagos con tarjeta de crédito, transferencia bancaria o efectivo. Todos los pagos que hagan los arrendatarios así como las devoluciones se harán en EUROS (€).

5.2. El ARRENDATARIO garantiza al ARRENDADOR en concepto de fianza, para garantizar el buen uso y correcta devolución del vehículo, el pago de la cantidad de 500€ (Quinientos euros) acogido a viajar con el seguro a todo riesgo, con cargo a la tarjeta de crédito de su cuenta, para hacer frente a sus responsabilidades y en especial:

  • Cargos adeudados por tiempo.
  • Importe o la diferencia de valor de toda rueda de repuesto, neumático, herramienta, accesorio, algún tipo de enser o equipo de radio, que al término del alquiler falte en la auto-caravana.
  • Cargos por rotura o desperfecto de cualquier elemento del vehículo tanto externo como interno, sirva como ejemplo: mesas, sillones, oscurecedores, mosquiteras etc.
  • El vehículo arrendado se entrega en perfectas condiciones para su uso y disfrute, con el depósito de combustible lleno (gasoil, habiendo sido instruido debidamente el arrendatario por parte del arrendador o personal a su cargo.

La devolución del vehículo el día convenido se realizará en las mismas condiciones, con su exterior e interior limpio, aspirado y limpieza de superficies, menaje de cocina, equipamiento camping, haciendo especial hincapié en WC y maletín de aguas negras; depósitos de aguas residuales debidamente vaciados, depósito de agua limpia lleno, así como el depósito de combustible lleno.

En caso contrario, acepta el arrendatario el pago de la cantidad fija de 120 € que, en su caso, se detraerá de la fianza.

  • Cantidades por reabastecimiento de combustible si devuelve el vehículo con menos cantidad que la que se entregó.
  • Gastos de traslado y reparación del vehículo, motivados por la utilización de combustible inadecuado. Pagos de multas, infracciones o responsabilidades derivadas de la indebida utilización del vehículo.

La no aceptación de las presentes condiciones generales por parte del el arrendatario en ese momento se entenderá como una rescisión de la reserva vinculante, por lo que será de aplicación el apartado 4.2 del presente documento.

5.3. En caso de reservas a corto plazo (menos de 30 días antes de la fecha de inicio del alquiler), el precio del alquiler vencerá de inmediato y habrá de ser abonado por el arrendatario íntegramente al momento de realizarse la reserva.

5.4. La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo, el cual, en caso de desperfectos debidos al mal uso, determinará el importe que el cliente deberá abonar, autorizando el arrendatario a compensar dicho importe de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, la arrendadora dispondrá de 30 días para la devolución en su caso, del importe de la fianza sobrante, una vez deducido el coste de reparación de los desperfectos o daños causados. Si los desperfectos o deterioros fueran superiores a 500 €, serán por cuenta de la compañía de seguros que cubre el riesgo de la autocaravana a partir de dicha cantidad (franquicia), salvo que el arrendatario hubiese actuado con mala fe y la citada compañía de seguros rehúse el abono, pues en tal caso el importe de las reparaciones serán integras por el arrendatarario.

5.5. La fianza será utilizada para cubrir el coste de cualquier pérdida o daño del equipamiento, complementos, extras, reparaciones o daño negligente en el vehículo.

5.6. El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:

  1. aEn el momento de la devolución del vehículo, el importe del kilometraje para alquileres de tres (3) a siete (7) días, calculado según la tarifa en vigor, y/o los cargos adicionales surgidos de la aplicación de estos Términos y Condiciones Generales de Alquiler.
    Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin la autorización del arrendador.
    c. El importe de toda clase de sanciones, multas, penas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico, ya sea administrativa, penal o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler, a no ser que se hayan originado por culpa del arrendador.
    d. En el supuesto de que por culpa del cliente arrendatario fuese el vehículo retenido, paralizado, precintado, depositado o embargado, o de cualquier manera inmovilizado por cualquier causa, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
    e. Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores, aunque su intervención no sea preceptiva) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el cliente arrendatario en virtud del presente contrato.
    f. El vehículo dispone de un seguro obligatorio y de asistencia en viaje. En caso de accidente o robo, el cliente será responsable del pago de los costes de reparación, grúa, beneficios oportunos, etc., hasta el valor máximo del precio total del vehículo en el mercado. Este valor se limitará a 500 euros si contrata el seguro a Todo Riesgo con franquicia o la Protección parcial contra daños al vehículo por colisión (CDW) y/o Protección contra robo (TPC).

5.7. Si el cliente se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

  1. Recogida y devolución del vehículo

6.1. Al recibir el vehículo, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el arrendador en el punto de entrega. Asimismo se elaborará un acta de entrega “Control de Salida” en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción del vehículo.

6.2. Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final del vehículo junto con los empleados del punto de alquiler. Se elaborará un acta de devolución “Control de Entrada”, que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario.

6.3. Los horarios que aparezcan en el contrato de alquiler se considerarán los acordados. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas.

6.4 Los retrasos en la devolución, no autorizados, serán penalizados con una tarifa diaria del triple a la cantidad aplicada en contrato. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado.

6.5 Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de dos días de antelación a la finalización del contratoLa eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto esté último ningún compromiso previo alguno.

6.6 Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.

6.7 En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él o no-disponibilidad, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del arrendador.

6.8 El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos. En caso contrario se cobrará un suplemento, de 50 Euros, en concepto de limpieza.
6.9 El hecho de llenar el depósito de agua potable con diesel u otro combustible, o el depósito de diesel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 750 € + IVA.

IMPORTANTE: Por favor, recuerda que tras la devolución del vehículo por tu parte, tenemos un margen corto de tiempo para prepararlo para el próximo cliente. Si lo devuelves tarde, no te gustaría ser el próximo cliente.

7. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección.

7.1 El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:

  1. No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén autorizadas.
  2. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
  3. No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato
  4. No trasportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
  5. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes
  6. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos
  7. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad
  8. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo
  9. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques
  10. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo
  11. No circular fuera de España sin la autorización expresa del arrendador.
  12. Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia
  13. Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.

7.2. El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si vehículo de alquiler está en perfecta condiciones para circular con seguridad.

7.3. Está prohibido fumar en todos los vehículos. Se podrán llevar animales de compañía siempre que el arrendador haya dado su autorización expresa. Los gastos de limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario. Asimismo, éste último deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.

7.4. En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apdos. 7.1., 7.2. y 7.3. el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

  1. Pautas en caso de robo o accidente

8.1. En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía y al arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler (el teléfono consta en el contrato de alquiler), a más tardar el día laboral siguiente al día del accidente. No se admitirán las pretensiones contrarias.
8.2 Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las personas implicadas, sus datos del carné de conducirlos, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.
8.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.
8.4. Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe – no importa cual sea la razón – e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.
8.5 No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora
8.6 En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

9. Defectos de la furgo-caravana

9.1. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.

9.2. Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en la furgo-caravana o su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no evidente.

10. Reparaciones y vehículo de cambio o sustitución.

10.1.El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizaran las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.

10.2.El arrendatario vendrá obligado a detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por la empresa del arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa de la empresa del arrendador.

10.3.El cliente podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período de alquiler y que no superen los 150 €.Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de las facturas originales y de las piezas cambiadas, siempre que el cliente no responda del daño según el apdo. 11. Quedan excluidos los daños que afecten a los neumáticos,  las llantas, lunas y cristales del vehículo ocurridos durante el plazo de duración del arrendamiento, que serán siempre y en cualquier caso de cuenta del cliente. Igualmente cualquier avería y las reparaciones debidas a defectos del suelo, pavimento o asfaltado son responsabilidad del cliente. En caso de que la reparación sea superior a 150 € se aplicara lo dispuesto en el apartado 10.5

10.4.En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación.

10.5. En el caso de cualquier avería del vehículo o de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

10.6.En caso de que sin culpa alguna por parte del arrendatario, la furgo-caravana sufra graves daños, avería que se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un período de tiempo superior a 48 horas o se deba retirar de la circulación y el arrendatario se encuentre dentro del ámbito territorial de la comunidad de Extremadura, el arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo máximo de 48 horas un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato y por tanto debe de ser aceptado por el arrendatario el nuevo vehículo, sin obligación por parte del arrendador de indemnizar los posibles perjuicios o daños causados al cliente.

10.7.En caso de que siendo culpable el arrendatario, la furgo-caravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de sustitución. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario, quien vendrá obligado a abonar la totalidad del precio del arrendamiento, además de los gastos que su actuación hubiera producido. Si el arrendador optara por poner a disposición del arrendatario un vehículo de sustitución, podrá cobrarle al cliente los eventuales gastos derivados de ello.

  1. Modalidades de seguros y responsabilidad del arrendatario
    1 En caso de accidente o robo, el arrendatario será responsable del pago de los costes de reparación, grúa, beneficios oportunos, etc., hasta el valor máximo del precio total del vehículo en el mercado. Este valor se limitará a 500 euros si contrata el Seguro a Todo Riesgo con franquicia o la Protección parcial contra daños al vehículo por colisión (CDW) y/o Protección parcial contra robo (TPC)

a)Protección parcial contra daños al vehículo por colisión (CDW): Es una protección opcional que, por un precio adicional, permite al arrendatario reducir su responsabilidad económica por los daños que puedan ocasionarse al vehículo en caso de colisión o actos de vandalismo. Si el cliente acepta esta protección, solo será responsable del pago de importes que no superen el total del exceso no eximible (fianza), de acuerdo a los cargos que apliquen.

b)Protección parcial contra robo (TPC): Es una protección opcional que, por un precio adicional, permite a los arrendatarios reducir su responsabilidad económica en caso de robo del vehículo o sustracciones del mismo. Si el cliente acepta esta protección, solo será responsable del pago de importes que no superen el total del exceso no eximible (fianza) por el robo del vehículo o sustracciones del mismo, de acuerdo a los cargos que apliquen. Por sustracciones del vehículo se entiende la ausencia, a la devolución del vehículo, de cualquiera de sus elementos, componentes, documentos, piezas, herramientas o accesorios originales o cualquier otro tipo de accesorio original (excepto las llaves del vehículo) que el cliente haya podido solicitar.

En cualquiera de los casos, estas coberturas opcionales no se aplicarán si:

  1. A) El cliente ocasiona daños a la estructura superior de una furgoneta, como consecuencia del contacto del vehículo con obstáculos colgantes, o por haber intentado entrar en un túnel, aparcamiento o área similar cuyo techo sea bajo. B) El cliente ocasiona daños a los bajos del vehículo (cárter, ejes de transmisión etc.) como consecuencia de la conducción por carreteras de firme inadecuado o por haber conducido el vehículo campo a través. C) El cliente ocasiona daños a los neumáticos, tanto pinchazos, reventones o robo en cualquiera de las ruedas del vehículo.
    2 El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso.
    11.3 La eximente de la responsabilidad indicada en el apdo 11.1, no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 8
    11.4 La exención de responsabilidad de la apdo. 11.1 no procederá en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.
    11.5 Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos: a. Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del el país donde esté circulando. b. Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol c. Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente d. Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último. e. Si el arrendatario infringe otras obligaciones del apdo. 8, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último f. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1. g. Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apdo. 7.2. h. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo i. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo) j. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional
    11.6 El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a éste último.
    11.7. En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.
  2. Responsabilidad del arrendador, prescripción.
    12.1 El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
    12.2 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.
    12.3 El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento, en el lugar designado por el arrendador durante el período de alquiler del vehículo.
    12.4 El arrendador responderá de forma ilimitada en caso de dolo y negligencia grave. Si se trata de una negligencia leve, el arrendador sólo responderá de forma limitada a los daños previsibles establecidos en el contrato, en la medida que se infrinja una obligación cuyo cumplimiento sea de especial importancia para alcanzar el objeto del contrato (obligación cardenal). Esta medida de responsabilidad también será válida en los casos en que surjan obstáculos para la prestación de servicios al formalizar el contrato.
    12.5 Las presentes “Condiciones Generales de Alquiler” vinculan a las partes desde el momento inicial de hacer la reserva y son parte integrante del contrato de arrendamiento de vehículos.

13. Protección de datos de carácter personal.

Conforme lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (RGPD) , el arrendador informa que los datos de carácter personal que figuran en el presente contrato podrán ser incorporados a un fichero automatizado propiedad del arrendador.
– Su finalidad es prestar y ofrecer nuestros servicios y promociones, concediéndose el consentimiento expreso para el envío de comunicaciones comerciales por cualquier vía.
– Este consentimiento podrá revocarlo en cualquier momento mediante un correo a hola@enfurgomolamas.com o por cualquier otro medio fehaciente.
– Sus datos se conservarán con esta finalidad mientras no se oponga a ello o solicite la BAJA en las comunicaciones comerciales, posibilidad que se le ofrecerá en cada comunicación.
– Los datos recogidos no serán cedidos a terceros personas, empresas u organizaciones salvo imperativo legal.

15. Jurisdicción.

Para cualquier controversia que se derive de la interpretación o aplicación del presente contrato ambas partes designan expresamente, renunciando  a su propio fuero, a los Juzgados y Tribunales de Almendralejo (Badajoz).